Inmobiliaria Ruiz Bienes Raíces se dedica a la comercialización inteligente de su propiedad, apuntando al público correcto, con los medios correctos, con una buena cartera de clientes y contactos, con buenas relaciones con colegas del rubro, logrando un prolijo trabajo en la comercialización de su inmueble. Ruiz Bienes Raíces, gracias a la red de contactos y colegas lograda a través del tiempo, la exposición a distintos públicos, el esfuerzo, la perseverancia y la apertura a compartir comisiones (a partir de una autorización exclusiva correctamente confeccionada y recepción de copia de las llaves para mostrar la propiedad sin demoras, puedo compartir efectiva y ordenadamente con colegas inmobiliarios), puede garantizarle hoy que si existe un comprador para su propiedad, aquí será encontrado.
Para poner a la venta el inmueble (una vez visitado y acordado el valor del mismo) es necesario que usted sea propietario/a del mismo (o situación subsanable) y se acerque a la oficina con original y copia de la siguiente documentación en la medida en que la tenga:
DNI
Escritura (o boleto de compraventa en caso de ser por ejemplo un lote o departamento nuevo que está todavía por ser escriturado)
Impuesto municipal (TGI)
Impuesto Inmobiliario (provincial)
Factura del agua
Plano
Copia de las llaves
Se completa una autorización de venta, donde especifica los datos del propietario, del titular de la inmobiliaria, del inmueble a vender, la manera en que se acuerda realizar el trabajo, y se adjunta copia de la documentación del inmueble.
Una vez cumplidos estos mínimos requisitos para comenzar el proceso de venta, Ruiz Bienes Raíces se encarga de realizar las campañas publicitarias que mejor se adecúen al tipo de inmueble a vender y al público comprador potencial, y a incluir en la venta a otras inmobiliarias y agentes que puedan acelerar el proceso de encontrar al comprador, esto siempre a partir de la autorización de venta exclusiva (si no es exclusiva se realizará el trabajo sólo en Ruiz Bienes Raíces sin extenderlo a otras inmobiliarias ya que no se les puede asegurar el cobro de la comisión si lo vendiera otro autorizado).
Encontrado el comprador se toma una reserva o una seña provisoria y se le comunica a usted para combinar fecha para realizar el boleto de compraventa, y posterior escritura si la propiedad ya fuera escriturable.
En el acto de firma del boleto de compraventa, donde se abona una parte o la totalidad del valor del inmueble, se abonarán también las comisiones del comprador del inmueble 3% y la suya (actual propietario) 3%. Al momento de la firma del boleto se estipulará el plazo para la realización de la escritura traslativa del dominio ante escribano público, realizada la cual, saldado el precio del inmueble y entregada la propiedad, queda completamente concluido el proceso.